
Las fechas de presentación serán 22 de junio para los CUITs terminados en 0, 1, 2 y 3, mientras que el pago será el 23 de ese mes; para los que finalizan en 4, 5 y 6 las presentaciones se realizarán el 23 de junio y el pago será el 26; los terminados en 7, 8 y 9 presentarán las declaraciones el 26 de junio y pagarán hasta el 28.
Los contribuyentes obligados a presentar la declaración jurada del impuesto a los Bienes Personales regirá para bienes gravados cuyo valor supere los $11.282.141,08. En tanto, la “casa habitacion” no quedará incluida en el tributo, mientras que sea inferior a $56.410.705,41.
Por otro lado, las fechas de presentación para las declaraciones juradas correspondientes al Impuesto Cedular, se podrán presentar el 22 de junio para los CUITs finalizados 0, 1, 2 y 3; el 23 para los que terminan en 4, 5 y 6; y el 26 para los que finalizan en 7, 8 y 9. La fecha de pago serán, respectivamente, 23, 26 y 28 de junio
¿Cómo se realizan las declaraciones?
Las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto Cedular se realizan a través del servicio con clave fiscal “Ganancias Personas Humanas – Portal integrado”.
En el caso del Impuesto sobre los Bienes Personales, la presentación se realizará mediante el servicio web con clave fiscal “Bienes Personales Web”.