
A pesar de haber sido beneficiados con el cese de las prisiones preventivas por parte de la justicia provincial, el Tribunal Oral Federal de Resistencia resolvió hoy prorrogar por seis meses la situación procesal del exsecretario general de Gobierno del Chaco, Horacio Rey; del exsubsecretario de Comercio, Roberto Lugo; del exfuncionario del Fappo, Gustavo Katavich y de la exmano derecha de Lugo, Ricardo Retamozo, todos procesados como presuntos integrantes de una banda dedicada al lavado de activos en la causa conocida como “Lavado I”. Asimismo, según pudo saber CHACO DIA POR DIA.COM, el próximo 12 de mayo se realizará la audiencia preliminar de cara al juicio oral y público contra los exfuncionarios provinciales.
Rey, Lugo, Retamozo y Katavich se encuentran detenidos y con prisión preventiva desde el 28 de marzo de 2018 y fueron procesados el 8 de junio de ese mismo año por lavado de activos agravado por habitualidad, en base a los presuntos delitos precedentes de corrupción en la administración pública. Vale recordar que Rey y Katavich ya fueron condenados a 7 y 5 años de prisión por una serie de hechos de corrupción por el desvío de los fondos del Fideicomiso de Administración de Pauta Publicitaria Oficial, en la causa conocida como “Fappo”. En tanto, Lugo y Retamozo están siendo juzgados actualmente -por la Cámara Tercera en lo Criminal de Resistencia- por hechos de corrupción cometidos en el año 2014 cuando el primero se desempeñó como ministro de Desarrollo Social del Chaco durante el interinato de Juan Carlos Bacileff Ivanoff.
Según el Código Procesal Penal de la Nación, son dos los años que una persona puede estar detenida sin condena, aunque la medida puede ser prorrogada y de hecho lo fue por un año por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, en 2020. Ahora, el Tribunal Oral Federal de Resistencia, que tendrá a su cargo llevar adelante el juzgamiento de los procesados, decidió hacerlo por seis meses más por considerar que los elementos que llevaron a dictar la medida de restricción de libertad se encuentran vigentes.
En sus fundamentos, los jueces Eduardo Belforte, Rubén Quiñones y Víctor Alonso decidieron acompañar el dictamen del fiscal general ante el TOF, Federico Carniel, y prorrogar las preventivas al considerar que “(…) resulta mesurado y racional en orden a las pautas ponderadas: complejidad de la investigación, planteos e incidencias producidas en la etapa de instrucción, radicación ante este Tribunal oral, integración del tribunal, citación a juicio, ofrecimiento de prueba, y la audiencia preliminar, todo durante el transcurso de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19”. En ese contexto, consignaron que “(…) la medida de encierro preventivo, se erige como el único medio que, de forma idónea, puede garantizar en el presente caso los fines del proceso, y la eventual actuación de la ley sustantiva”.
En ese mismo sentido, los jueces consideraron que “(…) el estado en que se encuentra el proceso -en víspera de realizarse un juicio oral- hacen razonable limitar la libertad y ampliar la prisión preventiva por un término prudencial de seis (6) meses a contar del día 28 de marzo del corriente año, manteniéndose la prisión cautelar en su modalidad de arresto domiciliario, bajo la modalidad, y condiciones en que se encuentran cumpliendo”.