Corrientes ya cuenta con su ley para la producción de Cannabis medicinal

La Cámara de Diputados aprobó este lunes la creación de la Sociedad del Estado para la producción, fomento e investigación. La legislación es similar a la de la provincia de Jujuy, que también contempla que las firmas tengan personería jurídica y presupuesto propio. Estará a cargo de un directorio designado por el Ejecutivo de Corrientes.

La Cámara de Diputados en su última sesión especial aprobó la creación del Instituto de Producción, Fomento e Investigación de Cannabis Medicinal de Corrientes sociedad del Estado (Icamecor S.E), cuya normativa es similar a la de la provincia de Jujuy (pionera en la materia) con cuya provincia el gobernador Gustavo Valdés firmó un “Convenio de Cooperación Técnica y Científica”.

Ambas legislaciones tienen relación directa con el Poder Ejecutivo provincial, tienen personería jurídica y presupuesto propio.

Considerando en este marco, que la adhesión de la provincia de Corrientes a la Ley Nacional N° 27.350 de Investigación Médica y Científica del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados, la iniciativa de los senadores Noel Breard, David Dos Santos, Sergio Finta y Diógenes González fue aprobada ayer en la Cámara Baja de Corrientes, tras la ampliación del temario de las sesiones extraordinarias establecidas por el gobernador Gustavo Valdés.

Y en este sentido, vale comparar la normativa sancionada ayer con la jujeña, ya que hay similitudes importantes. Icamecor S.E (Corrientes) y Cannava S.E. tienen relación directa con el Poder Ejecutivo provincial, cuenta con personería jurídica y presupuesto propio (que impide la participación privada).

La Dirección y Administración de las sociedades están a cargo de un Directorio compuesto por tres (3) Directores Titulares, designados y removidos por los gobernadores provinciales. Tal es el caso que en Jujuy el gobernador Gerardo Morales designó en el cargo principal a su hijo Gastón.

La ley correntina establece que el instituto de investigación estará en la Capital, mientras que en Jujuy el primer laboratorio autorizado de Cannabis medicinal se encuentra en la Finca el Pongo, al sur de la provincia que para la fabricación del aceite medicinal trabajan con el laboratorio chileno Knop, que recibe en una primera etapa la flor y el extracto de Cannabis, como parte del memorándum de entendimiento y cooperación que firmó con el gobierno jujeño en julio pasado, cuya posibilidad también tiene la provincia, ya que la ley contempla este tipo de convenios.

Ambas legislaciones también prevén solicitar permisos, autorizaciones, exenciones y otras medidas impositivas o de promoción de las actividades inherentes a su objeto. Además del registro de medicamentos y productos derivados del Cannabis ante los organismos competentes.

La iniciativa, que ahora, pasa al Ejecutivo para su promulgación, entre otras disposiciones, instruye a los Ministerios de Salud Pública y al de Producción a llevar adelante todas las gestiones necesarias para la efectiva constitución y funcionamiento de esta sociedad. En Jujuy también la actividad está supeditada a esas órbitas gubernamentales.

Corrientes

Se debe señalar que la normativa correntina también implica un anexo en el cual se establece la sociedad de investigación, producción y fomento en Corrientes, tendrá una duración de noventa y nueve años a partir de su inscripción en la Inspección General de Personas Jurídicas. Se excluye la participación del capital privado.

Además, el capital social se fija en la suma de $10,000.000, el que estará representado por un mil (1.000) certificados nominativos de $10.000 valor nominal cada uno. Se podrá incrementar el capital social por encima del quíntuplo del monto anterior fijado. La sociedad podrá contraer empréstitos en forma pública o privada.

En tanto, las ganancias líquidas y realizadas se destinarán de conformidad con lo que establezcan las normas vigentes en la materia. La Sociedad no podrá ser declarada en quiebra. El Poder Ejecutivo de la Provincia de Corrientes sólo podrá disponer la liquidación de la Sociedad con previa autorización del Poder Legislativo provincial y efectuar reasignaciones de partidas y transferencias presupuestarias que sean necesarias para atender las erogaciones que demande la implementación de la presente ley.

Los recursos destinados por el Estado provincial a la sociedad, como las ganancias que obtenga por sus actividades, quedan sujetos a las disposiciones del “Régimen Presupuestario de Empresas y Sociedades del Estado no comprendidos en la Administración Pública Provincial” (arts. 43 a 50 y concordantes) de la Ley N° 5.571.

Vale considerar que la empresa estatal de Jujuy fue la primera en recibir autorización del Ministerio de Seguridad durante la gestión de Mauricio Macri para comenzar la producción de Cannabis medicinal, en el marco de la ley aprobada en 2017. Fue a principios del 2019, lo que le dio una ventaja respecto a otras iniciativas hoy en marcha, como las de las de San Juan, Misiones, La Rioja y ahora Corrientes.

VIAellitoral.com.ar
Compartir