
El abogado Marco Molero habló sobre el procesamiento de los 30 intendentes chaqueños, en una decisión del Juez Federal Bonadío que incluyó a otros 62 jefes comunales, en una causa que investiga la malversación de las arcas del Tesoro entre 2013 y 2015. Está referida a la ayuda a distintas Municipalidades del país para llevar adelante programas de tratamiento de residuos. Tres ex jefes de Gabinete, Aníbal Fernández, Jorge Capitanich y Juan Manuel Abal Medina ya habían sido procesados por esta causa.
El letrado dijo que antes de esta decisión, el magistrado “resolvió la situación procesal de los ex jefes de gabinetes, de la Secretaría de Medio Ambiente de la Nación, funcionarios de segunda línea”, y ahora “la de los intendentes de distintas líneas políticas del país”.
Anunció Molero que “habría una tercera etapa con un nuevo número de jefes comunales que sería citados a declarar a partir de ahora”.
Observó que “uno de los puntos más endebles y cuestionables fue cuando – el juez – dijo que le llamaba la atención que recibieran como el 8.7% del presupuesto, cuando en realidad era el 0.8”, y que mientras “muchas de las provincias que producen más basura ya tenían una infraestructura para el tratamiento de la basura, esto no ocurría con el Chaco, donde necesariamente era mayor el apoyo que había que dar”.
Otro aspecto que, “me llama la atención, sostuvo el letrado, es que procesara a intendentes que hicieron la obra que había que hacer, aunque con alguna demora”. Cabe recordar que estos hechos se produjeron en la fecha en que Jorge Capitanich era Jefe de Gabinete y probablemente haya puesto el programa al servicio de la provincia.
Molero destacó, además, que “toda realidad histórica permite más de una lectura. Hay que ver qué se entiende por beneficiar, porque la provincia no tenía infraestructura para la gestión del tratamiento de los residuos sólidos urbanos”.
Luego, aclaró que nadie puede “ser procesado si no fue indagado. A partir de ahora tendrán derecho a interponer un recurso ante la Cámara Federal de Apelaciones. Hay un lapso que podemos estimar de entre 9 y 12 meses para la sustanciación de las distintas etapas de apelación”.