Lavado II: Casación revocó la eximición de prisión y se complica la situación de Aída Ayala

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocó la eximición de prisión que había resuelto la Cámara Federal de Resistencia que le concedió el beneficio a la diputada nacional por Cambiemos "sin analizar la situación procesal y particular a la luz de los riegos procesales que podrían verificarse", según el planteo del fiscal general Federico Carniel. Se reactivará el trámite del desafuero. También revocaron la eximición de Rolando Acuña, de PIMP SA.

Aída Ayala, diputada nacional por Cambiemos.

La resolución de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal vuelve a complicar la situación de la diputada nacional por Cambiemos y exintendenta de Resistencia por tres períodos, Aída Ayala, ya que hizo lugar al recurso de casación y revocó su eximición de prisión. Así, confirmó lo actuado por la jueza Zunilda Niremperger quién la procesó como presunta jefa de una banda dedicada al lavado de activos y dictó su prisión preventiva previo desafuero y además le trabó embargo por 200 millones de pesos.

Ese trámite, ante la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados de la Nación, había sido interrumpido por la eximición de prisión concedida por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia a la legisladora nacional lo cual ahora se vería reactivado.

La sentencia, que da a conocer CHACODIAPORDIA.COM, fue dictada este viernes 13 de julio y lleva las firmas de los camaristas Mariano Hernán Borinsky como Presidente, y los doctores Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos. En el fallo, los camaristas coincidieron en señalar que la Cámara Federal de Resistencia debió declarar abstracto el planteo de eximición de prisión de la defensa de Ayala teniendo en cuenta que fue resuelto el día 30 de mayo cuando dos días antes la jueza Niremperger la había procesado con prisión preventiva.

En ese contexto, la magistrada había solicitado su desafuero por considerarla como presunta jefa de una banda dedicada al lavado de activos a partir de distintos hechos de corrupción en la contratación de empresas durante su gestión como intendente de Resistencia.

“Riesgos procesales” 
En su voto, el camarista Hornos consideró que la Cámara Federal “omitió considerar si en el caso existían riesgos procesales que sustentaran el dictado de una medida cautelar restrictiva de la libertad”, tal como lo había planteado el fiscal general ante la Cámara de Apelaciones de Resistencia, Federico Carniel. En ese sentido, insistió en que los camaristas omitieron evaluar que recientemente Ayala “había sido procesada, con prisión preventiva, en orden a los delitos por los cuales se la había llamado a prestar declaración indagatoria”.

“En estos términos y toda vez que la sentencia impugnada contiene un error –por omisión- en su fundamentación, se configura en el caso un supuesto de arbitrariedad que la invalida como acto jurisdiccional válido”, sostuvo.

En ese sentido, aclaró Hornos que “sin ingresar al fondo de la cuestión debatida acerca de si corresponde o no el dictado de una medida cautelar restrictiva de la libertad, corresponde que se anule la decisión traída a estudio respecto de la eximición de prisión y que se devuelva la causa al quo para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a derecho y a las circunstancias actuales”.

“Mutaron el objeto procesal”
Por su parte, el camarista Gemignani advirtió que los integrantes de la Cámara Federal de Resistencia otorgaron la eximición de prisión a Ayala “a partir de un análisis errado y antojadizo del objeto procesal que se les había presentado para resolver”. Señaló que “ello salta a la luz no bien se repara en la simple lectura de las resoluciones relevantes bajo estudio”, y precisó que “los mencionados magistrados arbitrariamente mutaron el objeto procesal que se les había presentado -esto es el rechazo por parte de la instructora a la eximición de prisión incoada por la defensa de la nombrada- y circunscribieron su análisis a un estudio sobre el control de constitucionalidad del pedido de detención de la encartada, lo que era ajeno a la apelación que debían resolver”.

El camarista recalcó que “obviaron” el artículo 316 del Código Procesal Penal de la Nación y “nada dijeron o analizaron respecto de los serios riesgos procesales de los que dio cuenta la magistrada a cargo del Juzgado Federal de Resistencia al momento de rechazar el pedido de la defensa”.

La “razonable intranquilidad de la magistrada”
“Los jueces soslayaron los datos objetivos analizados en la hipótesis delictiva que se le endilga a la incursa, la complejidad del modus operandi y la trascendencia social e institucional de los hechos, no advirtieron el pronóstico de peligrosidad procesal que la instructora individualizó en la posición que se le achaca a Ayala dentro del entramado delictivo, los cargos públicos que ocupó al momento de los hechos y el que ocupa hoy en día – diputada nacional – que la colocaría, a entender de la señora jueza, en posición de poder afectar el decurso del proceso”, ponderó Gemignani.

Y agregó que “todas las circunstancias mencionadas por la jueza a cargo de la investigación, sobre las que nada dijo el a quo, guardaban estrecha relación con cuanto menos la razonable intranquilidad de la magistrada de que la imputada goce de la libertad mientras se le sustancia el proceso”.

Otras prisiones confirmadas 
En otras tres resoluciones, la misma Sala de Casación no hizo lugar a los recursos de casación y confirmó la denegatoria a la excarcelación del empresario Alejandro Fischer, exapoderado de la Fundación Construir y jefe de campaña de Aída Ayala y del empresario Carlos Huidobro, presunto testaferro del secretario general del Sindicato de Trabajadores Municipales, Jacinto Sampayo.

En tanto, si hizo lugar al recurso de casación y también anuló la polémica eximición de prisión concedida por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia a Rolando Acuña, vinculado a la empresa PIMP SA, decisión que provocó el apartamiento del camarista José Luis Aguilar, por una relación de amistad con el abogado defensor del imputado.

Todos se encuentran procesados por delitos de lavado de activos, provenientes de conductas vinculadas a delitos de corrupción, fraude a la administración pública, enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos y asociación ilícita.

 

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