Desestiman apelación y confirman condena contra el empresario Sebastiani por violencia de género

CHACODIAPORDIA.COM tuvo acceso a la resolución por la que el Superior Tribunal de Justicia del Chaco desestimó el recurso de casación presentado por la defensa del empresario condenado a cinco años de prisión efectiva por una serie de delitos enmarcados en violencia de género contra su expareja Eliana Tapia. Agotadas las instancias provinciales, la defensa podría apelar ante la Corte Suprema.

El empresario Sebastiani cumplirá su condena de cinco años de prisión por violencia de género en su domicilio.

En una resolución fechada a fines de junio, la Sala Segunda en lo Criminal y Correccional resolvió desestimar el recurso de casación de la defensa del empresario Raúl Sebastiani quedando así confirmada la sentencia de la Cámara del Crimen Nº2 que lo condenó a una pena de cinco años de prisión efectiva por una serie de delitos enmarcados en violencia de género contra su expareja Eliana Tapia. Agotadas las instancias provinciales, aun corren los plazos para que la defensa del empresario podría recurrir con un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Sebastiani fue condenado el 22 de diciembre de 2017 por un tribunal integrado por los camaristas Víctor Del Río, Gloria Zalazar y Ernesto Azcona y permaneció prófugo hasta el 31 de enero pasado en que se entregó. Luego, interpuso un recurso de casación para que se revise la pena impuesta por el tribunal que lo halló responsable por los delitos de “privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometidas contra quien mantenía una relación de pareja, con ensañamiento y por ser contra una mujer, mediando violencia de género, con amenazas con armas todo ello en concurso ideal, y en concurso real con tenencia de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal”.

Vale recordar que la Sala Penal del máximo tribunal había anulado una sentencia de la jueza Lidia Lezcano de Urturi que había condenado a Sebastiani a una pena de tres años de prisión en suspenso en base a los mismos delitos por los que luego se le fijó una nueva condena de cinco años de cumplimiento efectivo. En ese fallo, el STJ también había nulificado otro de los puntos polémicos de la sentencia de la jueza Urturi que le imponía un tratamiento psicológico a la víctima Eliana Tapia.

Los fundamentos

La resolución Nº 120 de la Sala Segunda Criminal y Correccional del Superior Tribunal de Justicia lleva la firma de los ministros María Luisa Lucas y Alberto Mario Modi y fue firmada el 27 de junio pasado. En el fallo, los ministros rechazaron los argumentos de la defensa, entre ellos, el que planteaba una supuesta violación de la prohibición al “doble juzgamiento” (que una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo delito), al haberse fijado una nueva pena contra Sebastiani, tras la anulación de la primera sentencia por parte de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia. En ese sentido, ratificaron las facultades revisoras de esa Sala con respecto a las sentencias en los juicios orales y públicos y, en particular, la que legalmente se denomina “juicio de reenvío” (cuando se anula una sentencia y se ordena dictar una nueva), que tuvo lugar en esta oportunidad.

La Sala Penal también rechazó la impugnación por una supuesta violación de la autonomía del Ministerio Público Fiscal teniendo en cuenta que el alegato fiscal se mantuvo en los mismos términos en el “juicio de reenvío”, solicitando una pena de cuatro años y de cumplimiento efectivo para Sebastiani. Además, los jueces consideraron “contradictoria” la postura de la defensa que, por un lado, denunció la violación de la autonomía del Ministerio Público, y por otro pretendía que sea la Sala Penal la que fije la nueva pena y en un “juicio de reenvío”.

Por último, los ministros Lucas y Modi desestimaron el planteo contra la supuesta falta de imparcialidad del tribunal que condenó a Sebastiani, ya que en una instancia anterior el abogado defensor Marcelino Leiva había recusado al camarista Víctor Del Río. La recusación había sido rechazada y la defensa no la apeló por lo que la participación del magistrado se encontraba firme y, además, para fijar la nueva pena, se resolvió la conformación de un tribunal colegiado que Del Río compartió con sus pares Gloria Zalazar y Ernesto Azcona.

 

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