
El Parlamento chaqueño creó, con fecha 1° de mayo de este año, la Bonificación por Permanencia en la Estructura, de carácter remunerativo y no bonificable. Alcanza a los trabajadores de la planta permanente del Poder Legislativo que cumplan funciones en su estructura orgánica, bajo la dependencia funcional y jerárquica de la Secretaria Administrativa o Secretaria Legislativa o Secretaría Parlamentaria, y que acrediten seis meses de antigüedad en las mismas, y cuyo ingreso y egreso para la prestación de ese servicio esté registrado mediante el timbrado de tarjeta magnética u otro dispositivo que en el futuro la remplace.
La bonificación será del 10% de la sumatoria del Sueldo Básico, calculado conforme con el Anexo I de la ley 469-A (antes ley 2898) y la Asignación por el Ejercicio de la Función –concepto 216- que percibe el trabajador.
Entre otros puntos, establece que el gasto emergente se imputará a las partidas específicas del Presupuesto del Poder Legislativo.