
El secretario general de UPCP, José Niz, hizo saber que recibió una notificación formal del presidente de la Comisión de Legislación del Trabajo, Previsión y Seguridad Social, en cuanto a que ingresó a comisión, en el día de la fecha -martes 28-, el proyecto de ley 2601/16″.
Agregó que “si bien los diputados que integran la misma resolvieron mantenerlo en cartera, no nos da ninguna seguridad que con la nueva integración se reflote y recordó que en el año 2016, los diputados justicialistas se comprometieron a archivarlo pero evidentemente eso no se concretó”.
Por eso, remarcó Niz, “nos declaramos en Estado de Alerta, Asamblea Permanente y Movilización en contra del tratamiento de un proyecto de ley que pretende arrogarse facultades que son propias del congreso a quien tampoco le permitiremos que recorten los derechos de los trabajadores, a peticionar, a reclamar y a convocar medidas de acción directa con el único requisito de notificarlas a la patronal, y a la autoridad de aplicación nacional y provincial”.
Más adelante, el líder gremial afirma que “la libertad sindical y el derecho a huelga no se negocian. Seguiremos en lucha hasta que se archive el proyecto de ley”.
Dice luego que repudian ese proyecto, “antidemocrático y dictatorial”, porque:
1.- Limita el derecho de huelga,
2.-Se arroga competencias del Congreso de la Nación en materia de Conflictos Colectivos
3.-Viola los tratados internacionales introduciendo modificaciones por vía reglamentaria a la enumeración taxativa de los servicios que deben ser considerados esenciales en toda sociedad.
4.- Otorga facultades a la autoridad administrativa Dirección Provincial del Trabajo autoridad parcial, porque depende jerárquicamente del Poder Ejecutivo Provincial para calificar la legalidad o ilegalidad de las huelgas y los paros y/o medidas de acción directa.
5.- Extiende los plazos del proceso de conciliación obligatoria, obligando a los Sindicatos convocantes a observar plazos arbitrarios que desnaturalizan el derecho de huelga y someterse de modo previo a la mediación y fracasada la instancia de conciliación obligatoria al arbitraje, otorgando prerrogativas a la patronal.