
El Superior Tribunal de Justicia del Chaco ordenó al Poder Ejecutivo que “en forma inmediata y urgente” arbitre los recaudos para garantizar el cese del agravamiento de las condiciones de detención de los adolescentes en conflicto con la ley penal alojados en el Centro Socioeducativo “Aldea Tres Horquetas”. Fue al hacer lugar a una acción de habeas corpus colectivo y correctivo interpuesto por el Comité Provincial de Prevención de la Tortura de la provincia del Chaco a fines del mes de septiembre pasado.
El fallo, que difunde como adelanto CHACO DIA POR DIA.COM, fue dictado este lunes 23 de octubre, y lleva las firmas de los ministros Iride Grillo –presidenta-, Rolando Toledo, María Luisa Lucas, Emilia Valle y Alberto Modi. En la sentencia, los ministros también dispusieron la conformación de una mesa de trabajo integrada por representantes del Comité Provincial de Prevención de la Tortura, la Defensoría General del Poder Judicial, el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia y la Dirección General de Servicio Social y de Equipos Interdisciplinarios del Poder Judicial a fin de tratar la situación del Centro Socioeducativo “Aldea Tres Horquetas”.
Vale recordar que a principios de este mes, los ministros Iride Grillo, Emilia Valle y Rolando Toledo; la defensora General, Alicia Alcalá; la defensora general adjunta, Gisela Gaúna Wirz; el procurador adjunto, Miguel Fonteina, el secretario de Derechos Humanos del Chaco, Juan Carlos Goya, autoridades del SPP, del Ministerio de Desarrollo Social y del Comité de Prevención de la Tortura recorrieron las instalaciones del complejo y entrevistaron a los adolescentes alojados en el lugar.
Qué se solicitaba
En su presentación, el Comité señaló que la acción de habeas corpus se realizó en conformidad con la Constitución Nacional, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana de Derechos Humanos, la Ley N° 23.098, la Ley 24.660, la Convención sobre los Derechos del Niño, las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de Naciones Unidas, la Constitución de la provincia del Chaco y la Ley Nro. 886-B (antes Ley 4.327). En ese contexto, consideró que “los adolescentes en conflicto con la ley alojados en el Centro Socio Educativo Aldea Tres Horquetas se encontrarían bajo “Medidas de Protección Integral de Derechos”, sin embargo la situación actual es claramente una “privación de la libertad con agravamiento en sus condiciones”, padeciendo las consecuencias inhumanas y de habitabilidad en la que se encuentra dicho Centro, violentándose la dignidad de los que allí conviven”.
Otras disposiciones de la resolución del STJ
En la sentencia, el máximo tribunal también ordenó la redacción integral del Centro Socioeducativo “Aldea Tres Horquetas” que deberá concluir en un plazo no mayor a 60 días. Además, los magistrados dispusieron que en un plazo de 30 días se concrete el traspaso definitivo de la institución a la órbita del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia y se la desvincule definitivamente del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social y que se conforme un nuevo equipo de dirección y trabajo acorde.
En base a lo anterior, el fallo ordenó que se articule un plan de trabajo integral que contemple la realización de actividades que garanticen el vínculo familiar, facilite el efectivo acceso a la atención médica mediante el cumplimiento de los turnos dispuestos en especial para aquellos jóvenes que se necesitan psiquiátrica y asegure un plan educativo efectivo y viable que otorgue a los jóvenes alojados conocimientos para su verdadera integración en el ámbito socio cultural.
Intervención de la Defensoría General
Por otro lado, en la sentencia se instruyó a la Defensoría General de la Provincia del Chaco para que a través del Ministerio Público de la Defensa se garantice a los adolescentes con medidas de protección alojados en Tres Horquetas “un efectivo acceso a la justicia, información oportuna sobre su situación procesal y recabar los planteos concernientes a las condiciones generales de alojamiento”.