
El Comité de Prevención de la Tortura, Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos y/o Degradantes expresó su preocupación ante la posición tomada por algunos sectores sociales “algunos de ellos bien intencionados”, en relación a la conflictividad social expresada en los cortes de calles.
Recordaron que la provincia del Chaco suscribe a Protocolos de Seguridad como lo son los de Naciones Unidas; el conocido como “Protocolo Garré, decreto 989/12”; el protocolo de actuación de la Fuerzas de Seguridad en manifestaciones públicas (Ley 7710/15); los protocolos que están incorporados a la Ley de Seguridad de la Provincia del Chaco y los incorporados a la Ley de Seguridad Nacional. Todas pautas que hacen “al principio de racionalidad, al principio de oportunidad y al uso de la Fuerza Pública”. Y aclaró que “la Provincia del Chaco no suscribe el Protocolo Bullrich”.
Y respaldaron los protocolos vigentes al precisar que “existen fallos de la Cámara Nacional de Casación (máximo organismo en materia penal del país), en consonancia con la Doctrina del Foro Público, las Leyes no están sujetas a la interpretación arbitraria de ningún funcionario público. Es decir que quien corta una calle o una ruta, en el ejercicio de sus derechos a peticionar, no comete delito”.
Algunas de las normas jurídicas, o pasos a seguir
En esa línea, desde el Comité informaron pasos a seguir ante una protesta social: “buscar caminos alternativos de circulación para el tránsito, iniciar una negociación que debe estar a cargo de un funcionario político, la negociación no puede estar a cargo de las personas que dirigen el operativo, la negociación debe llevarse adelante con tiempos razonables, se debe evitar el uso de armas de fuego, se debe evitar el uso de balas de goma, las balas de goma solamente pueden ser utilizadas de modo defensivo pero nunca para dispersar una manifestación, se debe evitar el uso de gases lacrimógenos, se debe tener especial consideración con los grupos vulnerables (niños, discapacitados, mujeres y ancianos)”.
Aunque está a las claras, también aclararon “la base de los Protocolos es la voluntad de no reprimir”.
Condena del Comité ante incumplimiento
Desde el Comité Provincial de Prevención de la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos y/o Degradantes condenaron asimismo el incumplimiento de los Protocolos establecidos y la información inexacta brindada a la ciudadanía, “constituyendo una falta grave de quienes ejercen cargos constitucionales de alto rango, representando a un Poder, y como tales tienen la obligación de hacer cumplir las leyes existentes desde el sentido de las normas jurídicas y no desde el parecer o sentido común del ciudadano corriente”.
“Para los que creemos en una democracia representativa esperamos que nuestro mandato hacia quienes nos representan se cumpla de buena fe y sin ejercicios abusivos de las facultades atribuidas porque se puede perjudicar a los sectores más propensos a ser víctimas de la violencia institucional”.