
Recientemente, la Sociedad de Trabajadores del Nuevo Banco del Chaco S.A. (PPP) ha concretado acciones judiciales tendientes a limitar el proceder arbitrario de la Administración Nacional de la Seguridad Social, la que en forma unilateral ha fijado exigencias a los Bancos respecto del control de supervivencia de sus afiliados, en relación al cobro de los haberes de éstos.
Concretamente los trabajadores en su carácter de accionistas de la entidad bancaria del interior del país, promovieron acción de amparo y medida cautelar, a los efectos que la ANSES se abstenga de cursar al BCRA instrucciones inherentes a nuevos débitos a realizarse en la cuenta corriente del Nuevo Banco del Chaco S.A.
ANSES pretende multar al Nuevo Banco del Chaco S.A. por la suma de $60.000.000. Cifra fijada en forma compulsiva, unilateral y sin mayores fundamentos por parte de la Agencia Nacional de Administración de Fondos. Multa impuesta por cuanto ANSES ordena a las entidades bancarias el pago a sus beneficiarios, mediante acreditación en cuenta en función de soportes magnéticos remitidos por ellos, promoviendo la bancarización y uso electrónico para la disposición de los fondos; y luego responsabiliza a los mismos Bancos si se realizan transferencias a beneficiarios fallecidos que -obviamente-, no figuran como tales en esos soportes remitidos. En efecto transfiere abusivamente, el control de supervivencia de los beneficiarios -obligación funcional de incumbencia exclusiva e intransferible de la ANSES- en cabeza de las instituciones del sistema bancario.
Las acciones judiciales referidas supra, han sido incoadas por ante el Juzgado Correccional N° 1 de la ciudad de Resistencia, Chaco, a cargo de la jueza María Virginia Ise, quien brindó acogida favorable a la medida cautelar, haciéndose eco en su resolutorio de los argumentos esgrimidos por la Sociedad de Trabajadores del Banco del Chaco ante el riesgo inminente de un nuevo débito por $60.000.000. En ese contexto, es de esperarse que el resultado judicial favorable para los accionistas, motive a otras instituciones del sistema financiero a adoptar medidas similares, evitando de esta manera los desbordes de la ANSES.
El Nuevo Banco del Chaco S.A., como otras entidades crediticias del sistema financiero, presta servicio de pago de jubilaciones, pensiones y demás beneficios de la ANSES. Esta operatoria es llevada a cabo de acuerdo con las normas regulatorias fijadas al efecto por el BCRA.
La ANSES en forma abusiva y sin fundamentos válidos dispuso el débito de $29.000.000.- en concepto de multa en la cuenta correspondiente al Nuevo Banco del Chaco S.A. en el BCRA. Ante esta situación y considerando la afectación que tal medida causaba a su patrimonio, el Banco extinguió el contrato con la ANSES el 15 de Mayo de 2016, solicitando la adecuación de pautas equitativas que permitieran restablecer satisfactoriamente la relación.
A la presente fecha, la Administración Nacional de la Seguridad Social no ha mutado su actuar. Por el contrario, mantiene incólume su política invasiva sobre nuestra entidad, imponiendo condiciones a los Bancos, exigiendo que los mismos carguen con la consecuencia pecuniaria en caso de pago a beneficiarios fallecidos (circunstancia imposible de constatación por parte de las instituciones bancarias, de no mediar información de la ANSES a las entidades, con el agravante que gran parte de los pagos se realizan por cajeros automáticos).
Pero allí no se limitan los avasallamientos de la ANSES, sino que además las exigencias impuestas a los bancos se realizan en función de cápitas fijadas unilateralmente establecidas por el ente administrativo; y que en la práctica son absolutamente deficitaria para aquellos Bancos que como el nuestro, poseen sucursales en pequeñas localidades del interior de la provincia.
Las cuatro Asociaciones de Bancos, ABAPPRA, ADEBA, ABE y ABA han expresado su preocupación por las pérdidas pecuniarias producidas por los retiros de fondos de beneficiarios fallecidos en virtud de la modificación realizada por la ANSES en virtud a la resolución N° 54/2012 y por la que se delega la responsabilidad a los Bancos por el control de supervivencia de los afiliados, responsabilidad que el propio Banco Central en su normativa actualizada en el mes de marzo del corriente año, expresa claramente que la responsabilidad de la supervivencia es de la ANSES. Las Cámaras Bancarias han exigido el recupero de los gastos en aquellos casos en que se acredite que la liquidación se haya producido en fecha posterior al fallecimiento del titular del beneficio y aun cuando estos cobros hubieran sido efectuados por apoderados o terceros.
De esta forma las entidades del sistema bancario han exigido que el control de supervivencia de beneficiarios, sea concretado por el organismo legalmente competente para ello: la ANSES. Las Asociaciones de Bancos expresaron su preocupación al director ejecutivo de la ANSES Emilio Basavilbaso, sin obtener respuesta alguna hasta el momento. Es evidente que trasladan a las entidades sus manejos irregulares, tal cual lo determinó y expresó la Auditoría General de la Nación.
Posibles delitos
Finalmente, desde la Sociedad de Trabajadores del Nuevo Banco del Chaco S.A. se analiza la formulación de denuncia penal por ante el fuero federal, por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y posible fraude. Se entiende que el proceder arbitrario de la ANSES genera un sostenido perjuicio patrimonial en la Institución Bancaria Provincial y éste es ocasionado por la traslación infundada de obligaciones propias de los funcionarios de aquella administración a los Bancos violentando todas las normativas vigentes, al tiempo de carecer de potestades de policía para la adopción de las perjudiciales medidas que en forma ininterrumpida viene llevando a cabo la Administración Nacional de Seguridad Social.
Por Julio Eiden, presidente de la Sociedad de los Trabajadores (PPP)
Fuente: Ambito