
Precisamente, estos últimos, certificaron que Manader puede ser tratado y contenido de su dolencia estando alojado en la Penitenciaría U 7.
Desde la Comisión Provincial por la Memoria Chaco, señalaron que “pese a los retrasos y aún contramarchas circunstanciales, el reclamo por terminar con la impunidad para uno de los represores más emblemáticos del terrorismo de Estado en la región sigue en pie por parte de organismos de Derechos Humanos y sobrevivientes y querellantes y fiscales”.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por el doctor Gustavo M. Hornos (presidente) y los doctores Mariano Hernán Borinsky y Juan Carlos Gemignani, denegó por 2 votos a 1, el recurso de casación presentado por el Ministerio Público Fiscal por el cese del beneficio de prisión domiciliaria al genocida Gabino Manader, otorgado por el juez de instrucción Juan Manuel Iglesias.
Cabe destacar que, al margen de la resolución de los camaristas, se realizó en otro incidente que se tramita ante el TOF, una nueva junta médica actualizada por parte del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema – la mayor eminencia y garantía de imparcialidad – donde se concluyó que el cuadro de salud del represor puede ser tratado estando alojado en el pabellón de internos de Lesa Humanidad la U7 sin riesgo alguno para su salud .
Allí, los profesionales médicos intervinientes dejaron constancia a partir de un examen físico y psicológico, que “el paciente Manader se encuentra compensado en su estado hemodinámico, no manifestando signos de enfermedad física aguda, sin signos de falla de bomba, sin edemas periféricos y con pulso regular”; y que “las patologías que padece pueden ser tratadas y controladas adecuadamente en una Unidad de detención del SPF”, donde según precisaron “las condiciones de detención garantizan el cuidado y salud de los internos y no le son perjudiciales”.
En ese sentido, el juez Gustavo M. Hornos de Casación, que votó en disidencia y en sinfonía con la Fiscalía, consideró que “del informe confeccionado por el C.M.F. surge que – al momento del examen el causante se encontraba compensado sin signos de patologías agudas en evolución, sólo las propias de la edad – por lo que de efectuarse un control clínico/cardiológico periódico y cumplir con el esquema terapéutico indicado, se verían disminuidos los riesgos de presentar complicaciones en las patologías vinculadas al proceso de vejez”.
“Siendo las autoridades de su lugar de alojamiento quienes deberían determinar si cuentan con la infraestructura médica a tal fin”. De este modo, el dictamen del cuerpo médico del máximo órgano judicial del país, viene a avalar el reclamo de cese del beneficio de prisión domiciliaria para Manader.
Decide el TOF
Así las cosas, ahora resta que sea el Tribunal Oral Federal de Resistencia – que integran los magistrados Eduardo Belforte, (presidente), Juan Manuel Iglesias y Aldo Alurralde – el que decida la cuestión, con este nuevo informe a ser tenido en cuenta.
A ello se suma la petición realizada en el marco de los debates orales por parte de los testigos víctimas Juan Carlos Goya y Ricardo Ilde, quienes describieron la situación de zozobra que viven los sobrevivientes que brindan testimonio ante esta situación. Como también un informe del Juzgado Federal de Resistencia sobre las medidas de búsqueda de secuestrados- desaparecidos que pueden ser obstruidas.
Desde los organismos de DDHH y querellas descuentan que sobran las razones para el cese del beneficio y la revocatoria a Gabino Manader, ya condenado a 25 años por torturas en 2010 y actualmente bajo proceso por secuestros, torturas y una violación en la Ex Brigada de Investigaciones, durante la última dictadura.
La exigencia es por “cárcel común y efectiva” para no tergiversar en los hechos la condena judicial. Desde los organismos anunciaron que continuarán con el reclamo y que se conformará una mesa de coordinación de convocatoria abierta, para seguir de cerca los juicios al terrorismo de Estado.