
La corte Suprema de Justicia resolvió este martes que, cuando un trabajador inicia un juicio laboral y lo pierde por su propia culpa, debe pagar todos los gastos ocasionados en esa causa en concepto de honorarios de los abogados y peritos que hayan intervenido.
La decisión de la Corte Suprema de Justicia – firmada por cuatro de sus cinco miembros – fue tomada en la causa “López, Enrique Eduardo c/ Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales s/ accidente – ley especial”.
La causa
Según resumió la Corte en un comunicado, “Enrique López afirmó que en el trayecto hacia su trabajo había sufrido un accidente que lo dejó parcialmente incapacitado. Por eso, reclamó ante la justicia laboral que la ART de su empleador le pagara la indemnización prevista en la ley 24.557 de riesgos del trabajo”.
Sin embargo, apunta el tribunal, “pese a que fue citado en reiteradas oportunidades, López jamás se presentó para que el perito médico designado por la justicia lo examinara”, lo que “provocó que la acción fuera rechazada ante la imposibilidad de comprobarse si efectivamente estaba incapacitado”.
Según describe el tribunal, pese a que la demanda fue rechazada “por culpa” del trabajador que no concurrió a las citaciones del médico ni en primera ni en segunda, “la Sala III de la cámara laboral porteña, con los votos de Diana Cañal y Néstor Rodríguez Brunengo, resolvió que todos los honorarios de los profesionales que intervinieron en el juicio tenía que pagarlos la compañía aseguradora demandada pues, según dijeron esos jueces, de lo contrario se violaría el derecho de acceso a la justicia consagrado por los arts. 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.
Este martes la Corte revocó esa decisión porque, sostuvo, el rechazo de la demandada se debió a la actitud del trabajador, por lo que “no había motivos válidos para apartarse de la regla legal que establece que quien pierde un juicio debe pagar los gastos por honorarios”. Además, agregó el Tribunal, no se verificaba que se hubiera puesto en cuestión el derecho del trabajador a formular su reclamo ante los tribunales competentes.
El fallo fue firmado por el presidente del máximo tribunal, Ricardo Lorenzetti, y los jueces Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz. El único que no firmó Horacio Rosatti.